LA HACIENDA PUBLICA DEL SIGLO XXI: UN CAMBIO DE PARADIGMA.

La globalización y la internacionalización de las relaciones económicas está configurando alguno de los rasgos de la Hacienda Pública del siglo XXI, transitando de un paradigma de estudio a nivel nacional a otra de carácter global. En primer lugar, el simple hecho de que las realidades económicas, al menos las más dinámicas y de mayor valor añadido, se desenvuelvan en la esfera mundial supone una alteración radical en el punto de vista del hacendista y, especialmente, de la Administración Tributaria. Por ello, la Hacienda del futuro, de hecho ya de la presente, se va a ver afectada por la globalización y la integración regional de múltiples formas. Repasemos algunas de ellas:

a) La realidad se mueve mucho más rápidamente y los modelos de Políticas Públicas, además de complicarse, aumentan su volatilidad. Ideas tan queridas a la doctrina clásica como la de «seguridad jurídica», asimilada a estabilidad de las normas, no pueden mantenerse, pues la Hacienda Pública no es algo ajeno a unos entornos que cambian a gran velocidad. Por ello, viviremos (lo estamos haciendo) en una era de «reformas fiscales permanentes», donde lo esencial, además, será el «ajuste fino» («fine tuning») de las Políticas Públicas, de vez en cuando reordenadas con proyectos sistematizadores. Probablemente, en España, debamos hacer de necesidad, virtud, y a la sombra de las obligaciones que nos van a imponer desde Europa para disfrutar de los fondos europeos para financiar los efectos de la pandemia COVID-19, abordar una importante reforma de la política presupuestaria y del,sistema tributario.

b)                   Los «efectos demostración» aumenta; no hay modelos nacionales de ingreso o gasto público que puedan configurarse, de forma aislada. La atención a lo que hacen nuestros socios y competidores y la reacción a sus políticas, aunque sólo sea para mantener nuestra competitividad, resulta no sólo necesaria, sino imprescindible para mantener el nivel de renta y riqueza en esta sociedad.

c)                   El impacto de criterios de calidad fuerza a pensar cada vez más en la competencia entre las propias instituciones encargadas de aplicar las Políticas Públicas, tanto interna como externamente, como en la necesaria evaluación de las mismas por parte tanto de su emisores como de sus receptores, por ejemplo, los contribuyentes en el caso de determinar el grado de consentimiento en la aplicación del sistema tributario. La gestión del sector público va hacia la convergencia con los modelos de gestión privados y sus técnicas deberían ser intercambiables.

d)                   Los modelos de Hacienda Pública han pasado de «modelos cerrados», de economía nacional, a «modelos abiertos», lo que supone una mayor dificultad para predecir la incidencia de medidas nacionales de Política Económica y el reforzamiento del estudio de cuestiones técnicas como pueden ser los «spillover effects» interfronterizos.

e)                   La gestión tributaria y del gasto tiene que incorporar en su práctica diaria los avances tecnológicos; de hecho, el funcionario del futuro no puede seguir preso de la mentalidad y técnicas del funcionario de la Hacienda Pública de, prácticamente, el siglo XIX que todos conocemos.

f)                    La integración con otros agentes o Estados de la realidad internacional deviene inevitable, no sólo en el terreno económico sino en otras áreas, por ejemplo, la cultural; de ahí, la importancia y necesidad de seguir avanzando en la integración europea como respuesta a la globalización, pues además favorece la renta de situación de los Estados que ya están dentro del proceso integrador, así como vincular modelos consolidados de integración económica con otras fenómenos regionales próximos desde el punto de vista económico o cultural, por ejemplo, España en su vocación iberoamericana.

Como vemos el futuro de la Hacienda se puede resumir en tres palabras:

Internacionalización, integración y coordinación a nivel supranacional con una perspectiva universal

Unión Europea tras el Brexit!

LINEAS FUNDAMENTALES DE LA POLITICA DE DEFENSA EN LA UNION EUROPEA.

“Europa ya no puede sustentarse en la fuerza militar de otros. Tenemos que asumir la responsabilidad de proteger nuestros intereses y el modo de vida europeo. Porque solo trabajando juntos, Europa será capaz de defenderse tanto en el interior como en el exterior”

Jean-Claude Juncker Discurso sobre el estado de la Unión. Parlamento Europeo, Estrasburgo, 14 de septiembre de 2016.

En la cumbre de Bratislava de septiembre de 2016, los dirigentes de la UE decidieron imprimir un nuevo impulso a la seguridad exterior y la defensa europeas reforzando la cooperación de la UE en este ámbito. En cumplimiento de ese compromiso, en diciembre de 2016 los dirigentes adoptaron unas Conclusiones en las que:

• se refrendaba el plan de aplicación en el ámbito de la seguridad y la defensa

• se aprobaba la propuesta de la Comisión Europea sobre el Plan de Acción Europeo de Defensa

• se instaba a adoptar rápidamente medidas para aumentar la cooperación entre la UE y la OTAN.

Justificación de una política de defensa común.

Se estima que la falta de cooperación entre los Estados miembros en el ámbito de la defensa y la seguridad cuesta anualmente entre 25 000 millones y 100 000 millones EUR. Esto se debe a la ineficiencia, a la falta de competencia y a la ausencia de economías de escala en la industria y la producción.

En torno al 80 % de la contratación pública en el ámbito de la defensa se realiza sobre una base estrictamente nacional, lo que conduce a una costosa duplicación de las capacidades militares. Más Europa en materia de defensa tendrá un efecto indirecto positivo en la economía europea. La industria europea de defensa genera una cifra de negocios total de 100 000 millones EUR anuales y da empleo directa o indirectamente a 1,4 millones de personas altamente capacitadas. Cada euro invertido en defensa genera un rendimiento de 1,6 euros, en particular en cuanto a empleo cualificado, investigación, tecnología En 2015, los EE. UU. invirtieron en defensa más del doble que los Estados miembros de la Unión en su conjunto. En los últimos diez años, China ha incrementado su presupuesto de defensa en un 150 %.

Medidas concretas para impulsar la cooperación en materia de seguridad y defensa

En diciembre de 2016, el Consejo Europeo refrendó el plan de aplicación en el ámbito de la seguridad y la defensa, que define el rumbo que ha de seguirse para desarrollar la política de seguridad y defensa de la UE. Partiendo de la Estrategia Global de la UE, el plan de aplicación se centra en tres prioridades estratégicas:

• dar respuesta a los conflictos y las crisis exteriores

• aumentar las capacidades de los socios

• proteger a la UE y a sus ciudadanos

Entre las medidas concretas para alcanzar estos objetivos se encuentran:

• la puesta en marcha de una revisión anual coordinada de la defensa para mejorar la cooperación en materia de defensa entre los Estados miembros

• el establecimiento de una Cooperación Estructurada Permanente (CEP) para reforzar la cooperación en materia de defensa entre aquellos Estados miembros que deseen intensificarla

• la creación de una Capacidad Militar de Planificación y Ejecución para mejorar las estructuras de gestión de crisis

• el fortalecimiento del conjunto de instrumentos de respuesta rápida de la UE, en particular las capacidades civiles y los grupos de combate de la UE

1. Revisión anual coordinada de la defensa

La revisión anual coordinada de la defensa permitirá tener una visión general más clara a escala de la UE del gasto, las inversiones nacionales y el esfuerzo de investigación en defensa.

Aumentará la transparencia y la visibilidad política de las capacidades de defensa europeas. Entre las ventajas que presenta figuran:

• la mejora de la detección de carencias

• la intensificación de la cooperación en materia de defensa

• un planteamiento más adecuado y coherente de la planificación del gasto en defensa

El 25 de junio de 2018, el Consejo aprobó el catálogo de progresos de 2018 que evalúa las carencias de capacidad y los objetivos a lograr.

2. Cooperación Estructurada Permanente

El Tratado de Lisboa dispone que un grupo de Estados miembros puede reforzar su cooperación en cuestiones de defensa estableciendo una cooperación estructurada permanente (CEP).

El 22 de junio de 2017, los dirigentes de la UE acordaron poner en marcha una CEP con objeto de reforzar la seguridad y la defensa de Europa. El 11 de diciembre de 2017, el Consejo adoptó una Decisión por la que se establece la CEP. Participan en ella todos los Estados miembros de la UE, a excepción de tres países (Dinamarca, Malta y el Reino Unido).

Los Estados miembros participantes han aprobado una lista inicial de 17 proyectos que se emprenderán con arreglo a la CEP. Los proyectos abarcan, entre otros, los siguientes ámbitos:

• formación

• desarrollo de capacidades

• disponibilidad operativa en materia de defensa

El Consejo adoptó formalmente estos proyectos iniciales el 6 de marzo de 2018. Ese mismo día, el Consejo adoptó una hoja de ruta de puesta en práctica de la CEP.

El 25 de junio de 2018, el Consejo adoptó las normas de gobernanza para proyectos en el marco de la CEP.

El 19 de noviembre de 2018, el Consejo adoptó un segundo grupo de 17 proyectos, lo que situó en 34 el número total de proyectos. Los proyectos abarcan ámbitos como la formación, el desarrollo de capacidades y la disponibilidad operativa en tierra, mar y aire, así como en materia de ciberdefensa.

3. Mejora de las estructuras de gestión de crisis

El 8 de junio de 2017, el Consejo acordó crear una Capacidad Militar de Planificación y Ejecución dentro del Estado Mayor de la UE. Con ella mejora la capacidad de la UE para reaccionar de forma más rápida, eficaz y coherente. Esta estructura es responsable, a nivel estratégico, de la planificación operativa y la ejecución de misiones militares no ejecutivas de la política común de seguridad y defensa.

4. Refuerzo del conjunto de instrumentos de respuesta rápida de la UE

Los grupos de combate de la UE son uno de los instrumentos de que dispone la UE para poder responder rápidamente a crisis y conflictos. Se trata de fuerzas militares que pueden desplegarse rápidamente sobre el terreno. Se crearon en 2005, aunque de momento no se han utilizado nunca debido a obstáculos políticos, técnicos y financieros. A fin de reforzar las capacidades de reacción rápida de la UE, sus dirigentes acordaron el 22 de junio de 2017 asumir como coste común el despliegue de grupos de combate. La financiación de estos grupos se gestionará con carácter permanente a escala de la UE a través del mecanismo Athena.

La UE también está trabajando en el desarrollo de las capacidades civiles y la mejora de la capacidad de respuesta de la gestión civil de crisis, en particular mediante la posible creación de una capacidad básica de respuesta. Una especie de Unidades Militares de Emergencia ante crisis civiles en Europa.

Cooperación UE-OTAN

La UE y la OTAN iniciaron su cooperación hace más de quince años. Esto ha propiciado el desarrollo de gran variedad de instrumentos para ofrecer mayor seguridad a los ciudadanos en Europa y fuera de Europa. El 10 de julio de 2018, la UE y la OTAN han firmado una nueva declaración conjunta, que constituye una visión compartida sobre el modo en que la UE y la OTAN actuarán conjuntamente frente a las amenazas para la seguridad común. La UE y la OTAN centrarán su cooperación en ámbitos como:

• la movilidad militar

• la ciberseguridad

• las amenazas híbridas

• la lucha antiterrorista

• las mujeres y la seguridad

La nueva declaración conjunta destaca que los recientes esfuerzos de la UE por estrechar la cooperación en materia de seguridad y defensa refuerzan la seguridad transatlántica:

Celebramos los esfuerzos de la UE por reforzar la seguridad y la defensa europeas para proteger mejor a la Unión y a sus ciudadanos y favorecer la paz y la estabilidad en los países vecinos y en otras regiones. La Cooperación Estructurada Permanente y el Fondo Europeo de Defensa contribuyen a esos objetivos.

Plan de Acción Europeo de Defensa

Con 203 000 millones de euros destinados a la defensa en 2015, los Estados miembros de la UE ocupan el segundo lugar a escala mundial en gasto militar, después de los Estados Unidos.

Sin embargo, los fondos de los presupuestos de defensa con frecuencia se utilizan de manera poco eficiente debido a:

• la fragmentación del mercado europeo de defensa

• la costosa duplicación de capacidades militares

• la insuficiente colaboración industrial y la ausencia de interoperabilidad

Para afrontar estos problemas, el 30 de noviembre de 2016 la Comisión Europea presentó el Plan de Acción Europeo de Defensa. Tiene por objeto:

• mejorar la relación coste-eficacia del gasto en defensa

• mejorar la cooperación en materia de defensa

• crear una base industrial más sólida

El plan consta de tres pilares:

• la creación de un Fondo Europeo de Defensa

• el fomento de las inversiones en la industria de defensa

• el refuerzo del mercado único de la defensa

El 22 de junio de 2017, el Consejo Europeo acogió favorablemente la Comunicación de la Comisión sobre un Fondo Europeo de Defensa. También instó a que se llegase rápidamente a un acuerdo sobre la propuesta de un Programa Europeo de Desarrollo Industrial en materia de Defensa.

Misiones y operaciones civiles y militares

La UE ha puesto en marcha más de 30 misiones de la política común de seguridad y defensa (PCSD) desde 2003. Actualmente hay 10 misiones civiles y 6 misiones u operaciones militares en curso en Europa, África y Oriente Medio.

El 28 de mayo de 2018, el Consejo adoptó unas Conclusiones sobre el refuerzo de la vertiente civil de la PCSD. En ellas, el Consejo identifica medidas encaminadas a hacer la PCSD más eficaz sobre el terreno y propone el modo en que las misiones civiles podrían contribuir a responder a los retos de seguridad. El 19 de noviembre de 2018, el Consejo y los Estados miembros se comprometieron a reforzar las misiones civiles de la PCSD. Acordaron mejorar la capacidad de respuesta de la vertiente civil de la PCSD haciendo que pueda poner en marcha, en un plazo de 30 días, una nueva misión de hasta 200 personas.

Áreas metropolitanas de la Unión Europea

España tiene dos de las áreas metropolitanas más pobladas de la UE. Madrid y Barcelona, en tercer y cuarto lugar, después de Londres y Paris. Importante por lo que supone de organización y coordinación de servicios municipales en forma de consorcio entre las administraciones que gestionan servicios básicos a los ciudadanos como infraestructuras y transporte, entre otros.

¿Tiene España muchos empleados públicos?

Es una pregunta con mucho trasfondo ya que depende para su contestación de muchos factores entre los que destaca los modelos constitucionales en la distribución de competencias y de configuración del Estado de Bienestar que cada país se ha dado, de la ideología político-económica de la mayoría sociológica del país y de cada analista o gobernante, del nivel de desarrollo de cada país, de las demandas ciudadanas respecto al papel y configuración de los servicios públicos y de su financiación, entre otros. Hoy el País publica un trabajo muy documentado de un gran periodista económico, Jesús Sérvulo. En el se señala que «La Administración pública del Estado en España nunca ha tenido en democracia menos empleados públicos en nómina. La transferencia de competencias a las comunidades autónomas en 2002 y los recortes de la crisis, que se han prolongado durante casi una década, han dejado la plantilla de la Administración estatal muy mermada. Desde 2011, cuando se alcanzó el máximo en casi 20 años, el número de efectivos públicos se han reducido un 14% hasta los 507.830 empleados. Las comunidades, por su parte, están recuperando el empleo perdido en la Gran Recesión. De las 17 autonomías, 11 ya cuentan con más funcionarios que nunca». Este comportamiento entra dentro de la lógica en la distribución competencial de las funciones básicas del Estado. Las transferencias a las CCAA de las políticas de sanidad y educación en todos sus niveles que, por su naturaleza, son intensivas en mano de obra pública explican este comportamiento y su dinámica en las fases de crisis y recuperación.Casi ocho de cada 10 trabajadores públicos contratados por las Administraciones regionales son médicos, enfermeras, auxiliares médicos, celadores, profesores y docentes. Baleares (5,06%), Cataluña (5,19%) y Madrid (5,29%) son las autonomías con menor proporción de empleados públicos por ocupados totales. Esta circunstancia evidencia un tipo de gestión con más servicios públicos privatizados. En el extremo opuesto, sobresale Extremadura, la comunidad con una mayor proporción de trabajadores públicos, porque apenas tiene hospitales o colegios privatizados o privados, por lo que los servicios públicos deben ser producidos básicamente por el Sector Público. Además se observa una estrecha correlación entre nivel de desarrollo regional y número de trabajadores públicos en relación a ocupados totales, constatándose una mayor proporción de trabajadores públicos en las regiones menos desarrolladas. La razón la acabamos de explicar.En estas regiones el sector público garantiza una provisión de servicios públicos que no provee el sector privado por falta de rentabilidad económica.

Para ver si España tiene muchos o pocos funcionarios hay que mirar a los países de nuestro entorno. El porcentaje de trabajadores públicos es del 15% en España similar al de Portugal e inferior al 29% en Suecia, el 22% de Francia. Otros países como Italia (14%) o Alemania (10%) cuentan con menos empleados públicos. La media comunitaria es del 16%. Estos datos vienen a confirmar que España no es una excepción dentro del modelo de Estado de Bienestar que, con endemismos propios de cada país, nos hemos dado los europeos frente a otros modelos económicos como el norteamericano donde el Sector Público, a pesar de su dimensión absoluta, no deja de ser complementario de la iniciativa privada.

¿Reformamos la Constitución española de 1978?. Un sentido homenaje en sus 40 años de vigencia.

La Constitución Española de 1978 es la culminación y el símbolo más representativo de un éxito colectivo. Consagra la recuperación de la libertad, y ofrece el marco apropiado para la consolidación definitiva y el continuo perfeccionamiento de nuestra democracia, por medio del modelo de sociedad que perfila, de los valores, derechos y deberes fundamentales que reconoce, promueve y protege, de los poderes del Estado que instituye y de la estructura territorial que diseña.
El proceso y el método seguido para su aprobación la convierten, además, en un éxito compartido. Elaborada con la intervención de todas las fuerzas políticas con representación parlamentaria, bajo el signo del diálogo y la búsqueda del consenso, el texto de 1978 es realmente una Constitución de todos y para todos. Es decir, el que sitúa al margen es por voluntad propia y no porque no quepa en su seno.

La votación en las Cámaras así lo avaló. El amplísimo apoyo mostrado después por los ciudadanas en el referéndum aprobatorio reflejó con claridad que el acuerdo político alcanzado contaba con un claro aliento social,
En contraste con otras muchas de nuestra historia constitucional, vinculadas a una determinada posición política o a las preferencias de una sola parte de la sociedad, la de 1978 es una Constitución comúnmente aceptada, una norma colectiva que, por pertenecer a todos, nadie puede reclamar en propiedad. No es de extrañar, en consecuencia, que sea la que más estabilidad auténticamente democrática haya proporcionado a la España de los dos últimos siglos.

La Constitución afrontó sin complejos los retos históricos que pervivían irresueltos al iniciarse la Transición desde una dictadura de casi cuarenta años, buscando equilibrios en su diseño y acertó con claridad en la determinación de las grandes opciones que conforman sus contenidos fundamentales: Estado social y democrático de Derecho, Monarquía parlamentaria, democracia representativa, Estado de las Autonomías, justicia constitucional…

Bajo el amparo de la Constitución, la España del último cuarto del siglo XX y principios del XXI ha conocido un periodo prolongado de normalidad democrática en el que se han sucedido varias alternancias en el gobierno, y en el que han podido desarrollar sus programas respectivos las fuerzas políticas que han obtenido, sucesivamente, el apoyo mayoritario de los españoles Todas las opciones con apoyo ciudadano han obtenido representación y han encontrado acomodo en las instituciones, sin que haya resultado excluida ninguna que respetara los principios democráticos y las reglas básicas de convivencia.

En los cuarenta años de vigencia de la Constitución se han consolidado y fortalecido los diversos poderes públicos e instancias institucionales. Nuestra sociedad ha experimentado un continuo e intenso proceso de modernización, desarrollando los distintos pilares de un Estado del Bienestar. Se ha avanzado en la equidad social y territorial, se ha promovido la igualdad entre hombre y mujer y, por último, se ha abordado con ambición la protección social y la solidaridad.

España se ha integrado activamente en el proceso de construcción europea, ha superado décadas de aislamiento y siglos de nociva singularidad, recuperando así un papel internacional acorde con su historia y su cultura, y proyectando una nueva imagen de nación moderna, comprometida en la persecución de la paz y activa en la cooperación, siempre con un espíritu constructivo y conciliador.

Las Constituciones, también la nuestra, nacen siempre con vocación de continuidad y permanencia. El progreso de las sociedades requiere de la seguridad y confianza que solo los países institucionalmente estables son capaces de proyectar. Ninguna sociedad madura pone en duda la vigencia de sus valores fundamentales. Ninguna somete a cambios frecuentes o poco reflexivos el marco general en el que quiere desenvolverse ni altera las reglas de! juego para operar en el mismo. Tampoco lo debería hacer la sociedad española, que debe considerar a su Constitución como marco estable para su convivencia futura.

Sin embargo, los textos constitucionales no pueden pretender ser textos definitivos, ni aspirar a permanecer intangibles, si se quiere que continúen sirviendo con fidelidad a los objetivos que se han marcado desde su origen. Las generaciones posteriores a la constituyente tienen también el derecho de revisar sus formulaciones, manteniendo el hilo de continuidad que reside en sus valores, en sus principios y en sus opciones fundamentales.

En tanto que fundamento de la convivencia colectiva, las Constituciones no pueden ser indiferentes ni insensibles a los cambios relevantes que se producen en la comunidad. Normalmente la respuesta o adaptación a esos cambios procede del legislador democrático o viene propiciada por la interpretación constitucional. Sin embargo, a veces, el mantenimiento del vigor normativo de la Constitución hace inevitable modificar el texto de la misma.

De hecho, como enseña el Derecho Constitucional comparado, la adaptabilidad de las constituciones es un valor positivo para su pervivencia. Las más duraderas y estables; las que obtienen un indiscutido aprecio ciudadano; son las que han sido capaces de introducir reformas parciales. Por ello mismo, no son nada infrecuentes las reformas constitucionales en muchos de los países que, junto a nosotros, forman parte de la Unión.

Ahora bien, el acierto en los procesos de revisión constitucional depende de la conjunción de varios factores, a saber:
a) que los cambios a introducir respondan a demandas consistentes y que busquen resolver problemas o insuficiencias ampliamente reconocidas.
b) que sean limitados y prudentes para no alterar el equilibrio en el que se sustenta el texto constitucional.
c) que las alternativas propuestas hayan sido suficientemente maduradas y sean consecuencia de un diálogo sostenido y sereno entre las fuerzas políticas y con la sociedad.
d) que se genere en torno a las modificaciones un consenso asimilable al que concitó el texto que se quiere reformar.

Y, en fin, como no puede ser de otro modo, es condición imprescindible que las reformas se lleven a cabo respetando escrupulosamente los mecanismos establecidos en la Constitución, pues el respeto a las reglas y a los procedimientos prefigurados forma parte de la esencia misma de la democracia.

¿Estamos ahora en un momento apropiada para introducir algunas modificaciones que, cumpliendo esas premisas, sitúen a nuestra Constitución en disposición de servir a la España del siglo XXI.?…¿Con ellas, la Carta Magna acogerá mejor las innovaciones de distinto tipo que se han producido en la estructura política y en la sociedad española en los últimos años?

He aquí el dilema y si repasamos los factores comentados para proceder a una reforma constitucional consensuada e indolora, la respuesta no será positiva, dada la polarización de la sociedad española manifestada en los últimos años y amplificada por el cuestionamiento del Estado de las autonomías de forma manifiesta en el proceso catalán o con sordina en el caso del País Vasco y Navarra.

Juan José Rubio Guerrero
Catedrático de Hacienda Pública
Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales
Universidad de Castilla-La Mancha

Sobre Autonomía Universitaria y Estado de Derecho

Nuestra Constitución consagra el principio de autonomía universitaria incluyéndolo dentro de los derechos fundamentales y libertades fundamentales al disponer el artículo 27.10 que «se reconoce la autonomía de las Universidades en los términos que la ley establezca». Sin embargo, la autonomía universitaria aparece como garantía institucional.

De forma genérica, la autonomía supone la capacidad de determinados entes para elaborar sus propias normas jurídicas y adoptar las decisiones que le afectan sin estar sujetos a la intervención de otros entes, todo ello dentro del marco del ordenamiento jurídico general.

La autonomía de las Universidades -como precisa el preámbulo de la L.R.U.- se manifiesta en la autonomía estatuaria o de gobierno, en la autonomía académica o de planes de estudio, en la autonomía financiera o de gestión y administración de sus recursos , finalmente, en la capacidad de seleccionar y promocionar al profesorado dentro del respecto de los principios de méritos, publicidad y no discriminación que debe regir la asignación de todo puesto de trabajo por parte del Estado. Sólo la Universidad que goce de autonomía -lo que es sinónimo de Universidad libre- podrá ofrecer a la sociedad lo que ésta debe exigirle: calidad docente e investigadora. Cualquier ataque a la autonomía universitaria constituye un ataque frontal al espíritu de la Constitución y deberá señalizarse a los autores de este desafuero y ser conocido por los ciudadanos para que democrąticamente actúen en consecuencia en un Estado de Derecho.